Tener carro eléctrico puede bajar varios impuestos: así funciona ese beneficio

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Compró un carro eléctrico y pagó IVA: todavía podría recuperar ese dinero.

Comprar un carro eléctrico suele llevar la conversación hacia el precio, la autonomía o cuánto cuesta cargarlo. Pero hay otra cuenta que puede cambiar considerablemente durante y después de la compra: los impuestos.

En Colombia, un vehículo eléctrico puede acceder a tratamientos especiales en IVA, impuesto vehicular y renta, además de otros incentivos relacionados con importación y depreciación. Sin embargo, no todos funcionan automáticamente ni aplican de la misma manera a una persona que compró su carro para uso personal y a una empresa que está renovando una flota.

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Entender esa diferencia gana importancia mientras el mercado acelera. En agosto de 2026 se matricularon 4.542 vehículos eléctricos y 9.195 híbridos en Colombia. Sumados alcanzaron el 50,6% de los vehículos nuevos registrados durante el mes. Los eléctricos, por sí solos, crecieron 176% frente a agosto de 2025.

Eso sí: que el concesionario escriba “eléctrico” o “híbrido” en la ficha comercial no significa que todos esos vehículos reciban exactamente los mismos beneficios.

Cargador con IA para carros electricos
Cargador con IA para carros eléctricos / Cortesía

El impuesto vehicular de un eléctrico tiene un tratamiento especial

Este es probablemente el beneficio más fácil de identificar para quien ya tiene un carro eléctrico, porque no depende de conseguir primero un certificado de la UPME.

La Ley 1964 de 2019 estableció que la tarifa aplicable a los vehículos eléctricos no puede superar, como regla nacional, el 1% de su valor comercial. Para los vehículos particulares convencionales, las tarifas base de 2026 son del 1,5%, 2,5% o 3,5%, dependiendo de su avalúo.

La diferencia puede ser importante.

Pensemos únicamente como ejemplo en un vehículo con una base gravable de $150 millones. Bajo la tarifa general nacional del 3,5%, el impuesto sería de $5,25 millones. Una tarifa del 1% equivaldría a $1,5 millones.

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Eso no significa que esa sea la liquidación que recibirá cualquier propietario en Colombia, porque pueden existir reglas territoriales adicionales.

Bogotá es un buen ejemplo. Para 2026, la Secretaría Distrital de Hacienda muestra una tarifa del 1,2% para eléctricos, producto de los 0,2 puntos porcentuales adicionales aplicables en la ciudad. Al mismo tiempo, Bogotá mantiene un beneficio todavía mayor para vehículos eléctricos particulares nuevos matriculados entre 2021 y 2030: 60% de descuento en el impuesto vehicular durante los cinco años siguientes a la matrícula.

Así que el lugar donde está matriculado el vehículo también importa. La regla nacional sirve como punto de partida, pero conviene revisar los beneficios territoriales antes de sacar la calculadora.

Con certificado de la UPME, la compra puede quedar excluida de IVA

Aquí aparece uno de los incentivos que más puede llamar la atención por el valor de un vehículo.

Los carros eléctricos están normalmente dentro de los vehículos gravados con IVA del 5%, pero la Ley 1715 permite acceder a una exclusión de IVA cuando la inversión cumple las condiciones de gestión eficiente de la energía y cuenta con la certificación correspondiente de la Unidad de Planeación Minero Energética —UPME—.

En 2025, la DIAN aclaró expresamente que esto también puede aplicar a personas naturales que compran un vehículo eléctrico para uso personal, no únicamente a empresas.

Hay una precisión de lenguaje que vale la pena hacer: exclusión de IVA no significa técnicamente “IVA del 0%”. Son tratamientos tributarios distintos, aunque para el comprador que cumple las condiciones el resultado práctico sea que esa adquisición pueda realizarse sin cargar ese impuesto.

Y el certificado no aparece automáticamente por comprar un vehículo eléctrico.

La UPME exige presentar una solicitud mediante su Sistema Único de Usuarios. El proceso está abierto para personas naturales y jurídicas, requiere identificar el vehículo y demostrar que cumple las condiciones establecidas para acceder a los incentivos.

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¿Ya compró el carro y pagó IVA? Todavía puede haber una salida

Esta es posiblemente la novedad más útil para alguien que ya tiene el carro estacionado en casa.

Obtener primero la certificación de la UPME es la ruta más clara, pero haber comprado el vehículo y pagado el IVA antes de recibirla no significa necesariamente que el beneficio desapareció.

La DIAN precisó en enero de 2026 que, cuando posteriormente se obtiene el certificado de la UPME, el IVA pagado puede solicitarse en devolución como pago de lo no debido, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.

La solicitud debe presentarse dentro de los cinco años siguientes a la fecha de emisión de la factura de venta. Entre los soportes están el certificado UPME, las facturas que acrediten la adquisición y la información necesaria para demostrar que ese IVA no fue solicitado previamente en devolución ni utilizado de otra manera tributaria.

Para personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad, la DIAN también contempla alternativas a algunas certificaciones que normalmente emitiría un contador o revisor fiscal.

En otras palabras: haber salido del concesionario pagando IVA no necesariamente cierra la puerta detrás del carro.

Pero tampoco significa que basta con presentar la factura y pedir que devuelvan el dinero. Primero hay que cumplir las condiciones y obtener la certificación.

También se puede descontar hasta el 50% de la inversión en renta

La otra ventaja relevante para personas naturales es la deducción especial en el impuesto sobre la renta.

La UPME señala que una inversión certificada puede permitir deducir hasta el 50% del valor de la inversión, aprovechable durante un periodo máximo de 15 años.

Aquí resulta especialmente fácil confundir beneficio tributario con descuento.

Que un carro de $100 millones permita una deducción de hasta el 50% no significa que la DIAN vaya a devolver $50 millones. La deducción reduce la base sobre la cual se determina el impuesto de renta, y el efecto económico final depende de los ingresos, situación tributaria y límites que correspondan a cada contribuyente.

Para las personas naturales, la DIAN ha indicado que esta deducción se registra en la cédula general y está sometida a las limitaciones aplicables a este tipo de deducciones.

También aparece una condición que conviene conocer antes de hacer planes con una futura venta.

Si una persona utilizó la deducción especial y posteriormente vende el vehículo antes de cumplir su vida útil, la DIAN señala que deberá restituir las sumas obtenidas mediante el beneficio, incorporándolas como renta líquida por recuperación de deducciones.

Los 15 años tampoco significan que haya que conservar obligatoriamente el carro durante 15 años. La DIAN diferencia ambos conceptos: ese es el plazo máximo para aprovechar la deducción, mientras la vida útil del activo determina, entre otros aspectos, cuánto tiempo debe conservarse para no activar aquella restitución.

El certificado UPME no sirve para un eléctrico comprado de segunda

Hay otra línea que divide claramente quién puede aprovechar buena parte de estos incentivos.

Para certificar la inversión en un vehículo, la UPME exige que se trate de un vehículo nuevo. La entidad señala que quien solicita los incentivos debe ser el primer propietario porque la finalidad es incentivar una nueva inversión, no la transferencia posterior de un activo que ya fue adquirido.

Por tanto, comprar hoy un eléctrico usado no permite pedir por primera vez ese certificado para obtener la exclusión de IVA o la deducción asociada a su adquisición.

Eso no significa que un eléctrico usado pierda todo tratamiento favorable.

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Beneficios asociados a la naturaleza misma del vehículo, como el régimen especial del impuesto vehicular, pueden seguir aplicándose independientemente de que el actual dueño sea el primero o el cuarto propietario. Lo que no se puede trasladar es la inversión inicial que da origen a los incentivos certificados por la UPME.

La entidad, además, permite actualmente solicitar certificados de manera retroactiva para vehículos comprados nuevos desde la entrada en vigencia de la Ley 2099 de 2021, siempre que se cumplan los requisitos.

Para empresas hay dos beneficios adicionales que pueden pesar más

Cuando el vehículo forma parte de una compañía o de una actividad productora de renta, entran en escena otros dos incentivos: depreciación acelerada y exención arancelaria.

La UPME incluye ambos dentro del paquete de incentivos disponibles para las inversiones elegibles. La depreciación acelerada permite reconocer fiscalmente el desgaste del activo a un ritmo mayor, mientras la exención arancelaria puede beneficiar determinadas importaciones vinculadas al proyecto certificado.

Para una empresa que compra varios vehículos, el impacto sobre impuestos, flujo de caja y recuperación de la inversión puede ser mucho mayor que para una persona que simplemente utiliza su carro para desplazarse de la casa al trabajo.

De hecho, la depreciación fiscal no debe venderse como si fuera un beneficio idéntico para cualquier propietario particular. La DIAN recuerda que los activos depreciables fiscalmente son aquellos utilizados en negocios o actividades productoras de renta.

Algo similar ocurre con el arancel: resulta especialmente relevante cuando existe una importación sobre la cual aplicar el incentivo. No es una devolución automática para quien compró en un concesionario un vehículo que ya había sido importado y nacionalizado.

Eléctrico, HEV, PHEV o MHEV: una letra puede cambiar los beneficios

Aunque el foco esté en los carros eléctricos, las vitrinas están llenas de vehículos que llevan la palabra “híbrido”. Tributariamente no son todos iguales.

La UPME contempla entre las tecnologías elegibles:

TecnologíaIncentivos UPMETope nacional especial de impuesto vehicular
Eléctrico completoSí, si cumple requisitosSí
Híbrido enchufable PHEVSí, si cumple requisitosNo por la Ley 1964
Híbrido HEVSí, si cumple requisitosNo por la Ley 1964
Híbrido ligero MHEVNoNo

La UPME es explícita: los MHEV o híbridos ligeros no pueden acceder actualmente a estos incentivos tributarios.

Por eso, que la palabra “híbrido” aparezca en una publicidad no es un pase VIP automático a los beneficios fiscales.

Esta distinción también pone en contexto las cifras del mercado. Los 13.737 eléctricos e híbridos matriculados en agosto no pueden interpretarse como 13.737 nuevos vehículos necesariamente elegibles para todos los incentivos de la UPME.

¿Cómo solicitar los beneficios?

Para los incentivos que necesitan certificación, el recorrido comienza en la UPME, no en la DIAN.

La entidad permite que personas naturales y empresas hagan directamente la solicitud mediante el Sistema Único de Usuarios. Entre la información requerida están la identificación del solicitante, RUT, marca y referencia del vehículo, tecnología y datos necesarios para calcular el ahorro energético. También existe una tarifa por la evaluación de cada solicitud.

En términos sencillos, la ruta es:

  1. Verificar que el vehículo y su tecnología sean elegibles;
  2. Registrarse en el Sistema Único de Usuarios de la UPME;
  3. Diligenciar y radicar la solicitud;
  4. Pagar la tarifa de evaluación;
  5. Obtener el certificado;
  6. Utilizarlo para hacer efectivo el beneficio tributario correspondiente ante la DIAN.

Para 2026, la UPME recibe estas solicitudes entre el 1 de febrero y el 15 de diciembre.

Hay, entonces, más de una forma de ahorrar impuestos con un eléctrico. Pero algunas vienen prácticamente incorporadas al carro y otras requieren bastante más que conectar el cargador: hay que verificar la tecnología, conservar documentos y hacer el trámite correcto.

¿Sabías que?

La cantidad de personas y empresas intentando aprovechar estos incentivos se disparó junto con las ventas. La UPME reportó que pasó de recibir 19 solicitudes relacionadas con vehículos eléctricos e híbridos en 2022 a 3.211 en 2026, un crecimiento de 16.800%. Entre 2022 y mayo de 2026 había tramitado 4.933 solicitudes.

El cambio también se nota en los certificados: entre julio de 2022 y enero de 2026 la entidad había certificado 4.193 vehículos, de los cuales 2.621 eran eléctricos y 1.572 híbridos. El beneficio tributario, por tanto, está dejando de ser una curiosidad escondida entre normas para convertirse en otra variable que los compradores empiezan a poner en la misma hoja de cálculo que el precio, la autonomía y el costo de cargar.

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